⚖️ Ley 142 de 1994

Tus derechos como usuario del acueducto

La Ley 142 de 1994 te otorga derechos concretos como usuario del servicio de acueducto. Conocerlos es el primer paso para hacer que se respeten y para actuar cuando no se cumplen.

¿Qué derechos tienes?

Estos derechos aplican para todos los usuarios del servicio de acueducto en Colombia, sin importar el estrato, municipio o empresa prestadora.

Acceso continuo y de calidad al servicio

Tienes derecho a recibir agua potable de forma continua, con la presión adecuada y cumpliendo los estándares de calidad de la Resolución 2115 de 2007. Las interrupciones programadas deben ser notificadas con anticipación.

Factura clara y detallada

Tienes derecho a recibir una factura con el consumo medido, el cargo fijo, el estrato aplicado, el subsidio o contribución, el período facturado y los datos de la empresa. La información debe ser comprensible y verificable.

Presentar peticiones, quejas y recursos

Puedes interponer recursos de reposición y apelación contra decisiones de la empresa, y presentar quejas ante la SSPD. Las empresas deben responder dentro de los plazos legales establecidos por la Ley 142.

Subsidio según tu estrato

Los usuarios de estratos 1, 2 y 3 tienen derecho a recibir los subsidios que correspondan a su clasificación sobre el consumo básico de agua. Si el subsidio no aparece en tu factura, debes reclamarlo.

Revisión y calibración del medidor

Puedes solicitar la verificación del medidor si consideras que el registro no corresponde a tu consumo real. Si el medidor está fallado, la empresa debe reemplazarlo y reliquidar los cobros realizados incorrectamente.

Notificación previa antes de una suspensión

La empresa no puede cortar el servicio sin seguir el procedimiento legal. Debe notificarte antes de suspender por mora o incumplimiento, darte la oportunidad de pagar o acogerte a un acuerdo, y respetar el proceso establecido en la ley.

Solicitar un acuerdo de pago

Si tienes deuda acumulada por el servicio, puedes solicitar un acuerdo de pago a la empresa antes de que suspenda el servicio. La empresa debe estudiar tu solicitud y ofrecer condiciones razonables para regularizar la situación.

Información sobre interrupciones programadas

Cuando la empresa necesite hacer mantenimiento o reparaciones que impliquen cortar el suministro, debe informarte con suficiente anticipación para que puedas prepararte y almacenar agua.

Trato digno y sin discriminación

Tienes derecho a ser atendido con respeto y sin discriminación de ningún tipo. La empresa no puede negar la prestación del servicio por razones que no estén contempladas en la ley.

Conocer las tarifas aplicables

Tienes derecho a que la empresa te informe claramente sobre las tarifas vigentes, los cargos que aplican a tu tipo de suscripción y cualquier cambio tarifario que se vaya a efectuar, con anticipación suficiente.

¿Qué hacer cuando no se respetan tus derechos?

Existen mecanismos legales concretos para exigir el cumplimiento de tus derechos como usuario.

PQR ante la empresa

El primer paso siempre es agotar la vía directa con la empresa. Presenta tu Petición, Queja o Recurso de forma escrita, conserva el número de radicado y espera la respuesta en los tiempos legales.

Queja ante la SSPD

Si la empresa no responde o la respuesta no satisface tu derecho, acude a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD). Puedes hacerlo en su portal superservicios.gov.co o llamando al 01-8000-910010.

Acción de tutela

Cuando se vulnera tu derecho fundamental al agua, puedes interponer una acción de tutela ante cualquier juez sin necesidad de abogado. Es gratuita y el juez debe responder en 10 días hábiles.

Organizaciones de usuarios

En muchos municipios existen comités de desarrollo y control social de los servicios públicos (Ley 142, Art. 62). Estos comités pueden representar a los usuarios y ejercer control social sobre la empresa prestadora.